lunes, 25 de julio de 2011

Constitución, territorio/colonia o estadidad

POR: HERNÁN PADILLA

Hoy, 25 de julio, día de la Constitución de Puerto Rico, celebramos 113 años del inicio de la ocupación militar de Puerto Rico como colonia antillana de los Estados Unidos de Norteamérica.

La Ley 600 autorizó a Puerto Rico a tener nuestra propia Constitución para administrar asuntos locales. La historia legislativa reitera y el propio Muñoz Marín aceptó públicamente que la autoridad del Congreso sobre Puerto Rico es absoluta y plenaria. El “Commonwealth” no implica un status diferente; jurídicamente no existe.

Resulta oportuno señalar que la Constitución de Puerto Rico sostiene que:

“Consideramos factores determinantes en nuestra vida la ciudadanía de los Estados Unidos de América”, “la lealtad a los postulados de la Constitución Federal” y “la convivencia en Puerto Rico de las dos grandes culturas del hemisferio americano”.

Como en otros capítulos en la historia de la humanidad, el contacto de la cultura anglosajona americana y la colonial española-puertorriqueña ha provocado cambios sociales, académicos, políticos, gubernamentales, jurídicos, económicos y culturales que se han convertido en la nueva realidad puertorriqueña.

Procede reflexionar sobre el experimento político y traer un poco de historia a un pueblo que clama por que le pongan fin al status colonial y le abran las puertas a la igualdad dentro de la federación de estados de la nación americana o que le den la independencia para forjar su propio futuro.

Theodore Roosevelt, hijo del presidente Teddy Roosevelt, luego de finalizar su término como gobernador de Puerto Rico en el 1932, publicó su libro “Colonial Policies of the United States” (Archivo Nacional de los Estados Unidos, 1937 #E-713-R-66). Roosevelt se interesó en el concepto de Puerto Rico como un “dominio” con gobierno propio en el futuro. Pronosticó que la Isla tendría su propia Constitución para administrar los asuntos locales en el futuro.

El ex gobernador Roosevelt dijo que el sueño imperialista del 1898 había probado ser irrealizable y reconoce que una “democracia como la de Estados Unidos” no puede administrar un imperio-colonial. Sentenció que la administración colonial en Puerto Rico chocaba contra las tradiciones democráticas americanas y su pragmatismo gubernamental lo convenció que Puerto Rico era y siempre sería una carga económica para los Estados Unidos.

La Constitución para un gobierno propio colonial del 1952 es un instrumento político que en nada cambia el status territorial y cuyo nombre de Estado Libre Asociado solo tenía el propósito de engañar a la población insular y la opinión internacional. La intención era hacer creer que la Isla no era una colonia dentro del marco jurídico constitucional y el Artículo 3, que reglamenta los territorios y posesiones americanas en ultramar.

Ese fue el gran mito político-jurídico producto de mentes brillantes como el juez del Supremo Abe Fortas, el gobernador Tugwell y José Trías Monje, defendido y difundido por Luis Muñoz Marín, el gran maestro político. Muñoz reconoció que Puerto Rico era una colonia americana bajo la tutela exclusiva del Congreso de los Estados Unidos de América.

Los populares inventaron la “gran mentira” del pacto bilateral, un pacto que nunca existió. Ahora quieren presentar la colonia como un territorio autónomo y soberano, un concepto jurídico ajeno a la Constitución americana.

El Congreso nunca cedió su autoridad sobre Puerto Rico.

Tampoco podemos ignorar que la Tercera Sección del Artículo IV de la Constitución de los Estados Unidos establece que el Congreso podrá admitir nuevos estados a la unión.

La Constitución nos garantiza el derecho a exigir al Congreso que tome en cuenta la voluntad del pueblo de Puerto Rico.

Cuando la mayoría de los puertorriqueños se exprese en contra de la colonia, en contra de una república independiente y a favor de la estadidad convocaremos la Asamblea Constituyente para redactar la Constitución del Estado de Puerto Rico.

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