domingo, 26 de diciembre de 2010

¿Política de 'No- Confrontación' o 'Derecho Exclusivo a la Confrontación'?

¿Política de 'No- Confrontación' o 'Derecho Exclusivo a la Confrontación'?

Por: Josué E. Rivera

Para: El Vocero / Opinión, Página 32
Jueves 2 de diciembre de 2010



Durante los próximos días se celebraran en distintos recintos de la Universidad de Puerto Rico varias asambleas generales de estudiantes y con ellas regresan los aires de huelga a dicha institución. En el pasado este tipo de evento ha resultado en la paralización parcial o total de las actividades académicas y administrativas en la mayoría de las unidades de la UPR.

No obstante, dicha paralización no necesariamente ha sido provocada por una amplia participación en las protestas estudiantiles, sino porque la administración universitaria tan pronto se decreta una huelga suele decretar un receso en las labores y cede el control de los recintos a los grupos en protestas. Ello, según las propias autoridades universitarias, para respetar una supuesta política de no-confrontación. Sin embargo, como expondremos en este artículo, las actuaciones en los pasados conflictos universitarios tanto de los estudiantes como de las autoridades universitarias no son compatibles con una verdadera política de no-confrontación.

La política de no-confrontación debe ser un entendido entre todos los componentes de la comunidad universitaria para que sus conflictos sean resueltos mediante el dialogo y sin usar la confrontación o la violencia. Una verdadera política de no-confrontación requeriría que los estudiantes en huelga –manteniendo los portones abiertos- intentaran mediante el dialogo persuadir al resto de la comunidad universitaria de no entrar al recinto y unirse a su manifestación. No obstante, si luego de dialogar las personas insisten en entrar, el universitario en huelga no las debe “confrontar” y debe permitirles el paso. Evidentemente, eso no es lo que ha estado sucediendo en el pasado en la UPR. Por el contrario, en el último conflicto universitario, los estudiantes en huelga usaron la fuerza física en contra de los guardias universitarios para cerrar los portones y luego, de forma consistente, intimidaron e insultaron a todo aquel queno estaba de acuerdo con ellos e intentaba entrar a las recintos universitarios.

A pesar de estas actuaciones violentas e intimidantes, tan pronto algún otro componente de la comunidad universitaria habla de usar los medios disponibles al Estado para proteger los derechos de los que no están en huelga, los que llevan a cabo las manifestaciones invocan la “política de no-confrontación”. Dicho proceder, además de contradictorio y acomodaticio, resulta insultante a la inteligencia de este Pueblo. Es como si dos personas tuvieran un conflicto y uno le propina un golpe al otro pero cuando el segundo se dispone a defenderse el primero enarbola una bandera blanca e invoca la “política de no-confrontación”. Evidentemente, para los estudiantes en huelga la “política de no-confrontación” les aplica a todo el mundo menos a ellos. A su entender, poseen el derecho exclusivo de confrontar e intimidar, pero los demás miembros de la comunidad universitaria no pueden siquiera usar los medios coercitivos disponibles al Estado para defender sus reclamos. Así interpretada la mal llamada “política de no-confrontación” es realmente el reconocimiento de un derecho exclusivo de unos grupos para confrontar.

Nadie en Puerto Rico quiere ver enfrentamientos violentos entre distintos miembros de la comunidad universitaria o entre algún sector de ésta y la Policía. No obstante, la ausencia de conflictos violentos en la universidad sólo es posible si todos los miembros de la comunidad universitaria renuncian al uso de la intimidación y la violencia. Sólo así se hace innecesaria la intervención de otros elementos del Estado. Si, por el contrario, validamos el derecho exclusivo de unos grupos para confrontar,sancionaríamos la actitud del más “guapo’” y del que usa la fuerza en perjuicio de los demás. Cuando permitimos que un grupo abuse de otro y “miramos hacia el otro lado” para pasar por alto la violencia física, verbal y la intimidación, claudicamos la responsabilidad elemental de mantener el orden social y proteger los derechos de todos los ciudadanos. Si bien el Estado debe fomentar y respetar una verdadera política de no-confrontación, éste no puede permitir la tiraníade un grupo por medio del reconocimiento oficial del uso exclusivo de la violencia y la intimidación.

¡Que nadie se confunda! Mi llamado no es a abolir una verdadera “política de no-confrontación”, ni un llamado al Estado a intervenir indiscriminadamente en los conflictos universitarios. Mi llamado es, más bien, a la comunidad universitaria para que demuestre que puede resolver sus conflictos sin el uso de la violencia o la intimidación en cualquiera de sus modalidades. Los estudiantes deben entender que nadie tiene derecho a un uso exclusivo de la confrontación y que aquel que usa la violencia, ya sea física o verbal, se aleja del espíritu universitario que debe guiar una verdadera “política de no-confrontación”. Espero que el espíritu de una verdadera política de no-confrontación se haga sentir durante los próximos días en nuestra querida UPR.

Rivera, Josué, E. (December 2, 2010). "¿Política de 'No- Confrontación' o 'Derecho Exclusivo a la Confrontación'?", El Vocero. p. 32.

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